La persona humana y los fines del estado Articulo. 1.- El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del
Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común.
ASIMISMO RECONOCE COMO PERSONA HUMANA A TODO SER HUMANO DESDE EL INSTANTE DE
LA CONCEPCIÓN.
Derechos y garantías fundamentales de las personas según nuestra carta magna en capitulo uno de los derechos individuales de las personas y su régimen de excepción, Articulo. 2.- Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la
seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegida en la conservación y defensa de los
mismos.
Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

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